Warning: Undefined variable $A in /srv/vhost/faecagranada.com/home/html/Publico/Pagina.php on line 15
Inicio Noticias Servicios Revista Agenda Cooperativas Interno Externo
Noticias
Todas las noticias
Generales
Aceite de oliva
Aceituna de mesa
Agricultura ecológica
Caña de azúcar
Frutas y hortalizas
Frutos secos
Ovino-caprino
Lácteo
Herbáceos
Suministros
Tabaco
Vinícola

Warning: Undefined variable $SectorNoticia in /srv/vhost/faecagranada.com/home/html/Archivos/Externo.php on line 1499

Warning: Trying to access array offset on null in /srv/vhost/faecagranada.com/home/html/Archivos/Ayuda.php on line 1063
31 de Agosto de 2011 - Sector: - Fuente: FAECA Granada
Los ciudadanos rumanos necesitarán un permiso de trabajo para venir a trabajar a España a partir del 22 de julio de 2011
la Orden Ministerial no afecta a aquellos ciudadanos rumanos que con anterioridad a esta fecha ya estuvieran trabajando legalmente en nuestro país
El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado 23 de julio la Orden PRE/2072/2011, de 22 de julio, que contiene el Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se establece la reactivación del periodo transitorio en relación con la libre circulación de los trabajadores de Rumanía.
Concretamente, la mencionada Orden obliga a los ciudadanos rumanos que deseen acceder al mercado de trabajo español por cuenta ajena a partir del 22 de julio de 2011 (fecha de entrada en vigor de la Orden) a cumplir con los requisitos previstos en la normativa vigente en materia de extranjería, esto es, obligándoles a obtener con anterioridad un contrato de trabajo mediante oferta previa de contratación.
El Tratado de Adhesión de Rumanía a la Unión Europea, que se materializó el 1 de enero de 2007, prevé en el anexo VII del Acta relativa a las condiciones de adhesión y a las adaptaciones de los Trados en los que se fundamenta la Unión Europea, la posibilidad de que los Estados miembros reactiven el período transitorio cuando sufran perturbaciones en su mercado de trabajo que puedan poner en grave peligro el índice de empleo y suspendan, por tanto, la aplicación de los artículos del Reglamento (CEE) 1612/68, relativos a la libre circulación.
Esta medida únicamente afecta a aquellos ciudadanos rumanos que entren en España a partir del 22 de julio de 2011. En consecuencia la Orden Ministerial no afecta a aquellos ciudadanos rumanos que con anterioridad a esta fecha ya estuvieran trabajando legalmente en nuestro país o consten como demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo.
A finales de 2012, el Gobierno español evaluará los efectos del indicado periodo transitorio y en función de las conclusiones a que se llegue, acordarà la continuidad del mismo o drá por finalizado el periodo transitorio, aplicando plenamiente, a partir de ese momento, el acervo comunitario sobre libre circulación de trabajadores a los nacionales rumanos.
El presente documento tiene como finalidad el establecer y regular las normas de uso de este portal web, entendiendo por éste todas las páginas y sus contenidos, propiedad de COOPERATIVAS AGROALIMENTARIAS DE GRANADA, a las cuales se accede a través del dominio faecagranada.com. La utilización del portal web atribuye la condición de usuario del mismo e implica la aceptación de todas las condiciones incluidas en el presente aviso Legal. El usuario se compromete a leer atentamente el presente aviso Legal en cada una de las ocasiones en que se proponga utilizar nuestro portal web, ya que éste y sus condiciones de uso recogidas en el presente aviso Legal pueden sufrir modificaciones..
Consulte más información Aquí. X Cerrar