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30 de Septiembre de 2011 - Sector: - Fuente:
El Parlamento aprueba la Ley del Olivar, que asegurará el liderazgo andaluz en este sector
Esta ley ha contado con una participación activa de Faeca, organizaciones agrarias, representantes de colectivos y entidades, y partidos políticos
El Parlamento andaluz ha aprobado la Ley del Olivar, después de ocho meses de intenso debate y participación activa por parte de las Organizaciones Profesionales Agrarias, la Federación Andaluza de Empresas Cooperativas Agrarias (Faeca), representantes de colectivos y entidades, y partidos políticos. Según ha destacado la consejera de Agricultura y Pesca, Clara Aguilera, “la implicación de los agentes de la concertación social durante el proceso de tramitación y debate parlamentario del proyecto de Ley ha hecho posible que esta norma sea hoy una realidad”.
La nueva Ley, que constituye una norma pionera en Europa, establece un marco normativo completo y los instrumentos necesarios para afrontar con éxito los retos futuros y consolidar el liderazgo mundial de un sector que produce el 40% del aceite de oliva del mundo y el 20% de la aceituna de mesa, y exporta el 70% del aceite de oliva español y el 21% del aceite de oliva del mundo.
La Ley del Olivar no sólo contribuirá a la modernización permanente de este sector, sino que, además, garantizará más apoyo público a los olivareros que más lo necesitan, en cumplimiento de uno de sus principales fines, que es el reequilibrio de las ayudas que las diferentes administraciones destinan a este sector.
Este cultivo tiene para la comunidad autónoma una importancia estratégica, con una superficie de más de 1,5 millones de hectáreas, que representa el 60% del total nacional y el 30% del europeo, y de cuya actividad dependen en la actualidad más de 250.000 familias en 300 municipios andaluces, generando más de 22 millones de jornales al año y suponiendo en torno al 24% del valor de la producción agraria andaluza.
En términos de balanza comercial, las exportaciones andaluzas de aceite de oliva, que representan el 70% de las exportaciones españolas y el 21% de las mundiales, ascendieron en 2010 a más de 580.000 toneladas, con un valor superior a los 1.200 millones de euros.
Se trata de una “Ley de fomento” porque tiene como principal objetivo regular y promover el desarrollo de todo un sector, haciéndolo más competitivo y reconocido por la sociedad. En ese sentido, con la Ley del Olivar se establece el marco normativo adecuado para impulsar todas las acciones dirigidas a la mejora de la competitividad de la producción olivarera, reorientándola a las necesidades y demandas del mercado y fomentando su calidad y promoción.
Competitividad y Sostenibilidad
La Ley del Olivar persigue como doble objetivo el fomento de la competitividad y sostenibilidad de este sector. En el primer caso, se dará prioridad a actuaciones como la reestructuración del olivar tradicional, modernizando aquellas explotaciones potencialmente productivas; el fomento del regadío en el olivar, primando, en todo momento, el uso eficiente del agua, en cumplimiento de la Ley de Aguas y los Planes Hidrológicos de Cuenca, y la apuesta por las energías renovables en las explotaciones y en la industria transformadora, favoreciendo el aprovechamiento energético de los residuos agrícolas y el uso de la biomasa para la producción energética.
Igualmente, se fortalecerán los programas de investigación, desarrollo, innovación, formación e introducción de nuevas tecnologías aplicadas al sector del olivar, con objeto de seguir avanzando en calidad. Este aspecto también se fomentará mediante certificaciones realizadas a los procesos productivos de las industrias olivareras, el refuerzo de los sistemas de trazabilidad, y la mejora de la información a los consumidores.
En su apuesta por la competitividad, la Ley del Olivar propiciará una mayor profesionalización del sector y contribuirá a un empleo de calidad que promueva la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres. Destacar, asimismo, que servirá para una mejor vertebración y organización del sector, impulsando los procesos de concentración empresarial y de la oferta para dotar a los productores de una mayor fuerza negociadora ante la gran distribución e incorporar más valor añadido a los canales de comercialización del aceite de oliva y la aceituna de mesa.
Por lo que respecta a la mejora de la sostenibilidad, se prestará una especial atención al olivar tradicional y con desventajas naturales, para facilitar su rentabilidad y evitar el abandono de los territorios que dependen de este cultivo. Además, y en su línea de preservar la renta agraria, la Ley apuesta por la multifuncionalidad y diversificación en las explotaciones agrícolas y en la industria del sector del olivar, para incrementar la renta de los olivicultores de procedencia no agraria.
Instrumentos de aplicación de esta Ley
El desarrollo de esta Ley implica una acción integral, orquestada desde distintos frentes y que requiere de una colaboración público-privada, que se fomentará mediante contratos territoriales, para dar curso a las actuaciones previstas en el principal instrumento de aplicación de esta norma, el Plan Director del Olivar, documento en el que se definen las estrategias de actuación necesarias para la mejora del sector.
A partir de la entrada en vigor de la Ley del Olivar, se abrirá un plazo máximo de un año para la presentación del Plan Director, que contará con una validez de 6 años. Aparte de actuar como el principal instrumento de coordinación e integración de las diferentes actuaciones, este Plan delimita los territorios del olivar -que son los espacios donde es determinante la producción de aceituna o de aceite y que, por tanto, constituyen las zonas de aplicación de dicha Ley-, y realiza un diagnóstico económico, social, ambiental y cultural de este cultivo.
A partir de la entrada en vigor de la Ley del Olivar, se abrirá un plazo máximo de un año para la presentación del Plan Director, que contará con una validez de 6 años. Aparte de actuar como el principal instrumento de coordinación e integración de las diferentes actuaciones, este Plan delimita los territorios del olivar -que son los espacios donde es determinante la producción de aceituna o de aceite y que, por tanto, constituyen las zonas de aplicación de dicha Ley-, y realiza un diagnóstico económico, social, ambiental y cultural de este cultivo.
El Consejo Andaluz del Olivar es otro de los órganos que contempla esta Ley, y el encargado de informar del Plan Director y sus modificaciones. Estará formado por 20 miembros, entre representantes de las administraciones, organizaciones sectoriales y especialistas de diferentes ámbitos, y se constituirá en el plazo máximo de nueve meses, desde la entrada en vigor de la Ley.
Respecto a los contratos territoriales, contribuirán a una mejor gestión de los territorios del olivar y deberán ser suscritos entre la Administración y los titulares de explotaciones para llevar a cabo las actuaciones previstas en el Plan Director. Esto contratos pueden ser “de zona rural” o “de explotación”. En el primer caso, se impulsarán actuaciones coordinadas, en cualquiera de los ámbitos de interés de la Ley, mediante la firma de una serie de compromisos con un conjunto de titulares de explotaciones olivareras. En el segundo caso, los compromisos se suscribirán con el titular de una explotación, en el ámbito de la mejora de su producción.
La Federación Andaluza de Empresas Cooperativas Agrarias (FAECA) valora positivamente que, en la tarde de ayer, la Comisión Europea haya aceptado la propuesta para la activación del almacenamiento privado de aceite de oliva, con el fin de paliar la crisis de precios por la que atraviesa el sector. Se trata de una reivindicación que insistentemente ha hecho esta Federación, desde principios de campaña 2010/2011, y que, aunque tarde, contribuirá a aliviar la situación de los productores andaluces.
Para que la medida hubiera sido realmente efectiva, debería haberse aprobado hace meses. Entonces los precios comunicados por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM) a Bruselas no rebasaban los límites establecidos en el Reglamento (CE) 1234/2007 para la puesta en marcha de la medida, unos valores completamente obsoletos pues fueron fijados hace más de doce años.
Desde FAECA se ha venido apelando durante toda la campaña a la “perturbación grave de mercado” existente –supuesto también recogido en la normativa comunitaria-, así como a los precios reales de mercado, muy por debajo de los oficiales sobre todo en la categoría lampante, los cuales fueron justificados a través de numerosas facturas aportadas por las cooperativas.
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